Chetumal.- Luego de interponer recursos de amparo en contra del articulo 218-Bis de la reformada Ley de Movilidad que obliga al uso de chalecos y cascos rotulados con el número de placas de las unidades, el representante de las agrupaciones de motociclistas en la zona sur, Juan Carlos Encalada, confirmó que los juzgados primero y sexto ya emitieron sentencia y determinaron la inconstitucionalidad del artículo por lo cual no puede entrar en vigor.

Recordó que el jueves se pronunció el Juzgado Sexto de Distrito y el martes lo hizo el Juzgado Primero con lo cual se pronunciaron respecto a la suspensión provisional y suspensión definitiva otorgada en meses anteriores y quedó firme la sentencia en cuanto a la inconstitucionalidad del artículo 218-Bis.
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Aclaró que estas sentencias protegen únicamente a aquellos motociclistas que interpusieron el amparo “pero sienta un criterio ante las autoridades para demostrar que no era una cuestión de los motociclistas, sino que era violatoria”.
Nosotros ya dimos el primer paso, que es obtener las sentencias porque no estamos hablando de resoluciones incidentales. Incluso las sentencias se pueden consultar en la plataforma de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Juan Carlos Encalada manifestó que, a pesar de las declaraciones de la secretaría de Gobierno, Cristina Torres, y del director de Movilidad, Rafael Hernández Kotasek, hasta el momento no se ha publicado ni el reglamento ni el programa de movilidad anunciado desde hace varias semanas.
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Insistió en que, hasta el momento, los motociclistas del centro y sur del Estado no han vuelto a reunirse con las autoridades gubernamentales.
Con información de Noticaribe