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Aprueban Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio en Q.Roo ¿Te pueden quitar tu casa? Esto sabemos

Quintana Roo.-  Este martes, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta, y la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria se reunieron para el estudio, análisis y dictaminación de la iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio del Estado de Quintana Roo; la cual fue promovida por la mandataria estatal.

Los integrantes de la XVIII Legislatura sometieron a votación dicha iniciativa, mediante la que fue aprobada con 17 votos a favor y 3 en contra.

De acuerdo con la iniciativa, este decreto implica la reformación y adición de diversas disposiciones del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo, así como del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, para que pueda ser aplicada.

Es decir, podrán ser expropiadas aquellas propiedades que se encuentren en las inmediaciones de parques, plazas comerciales, hospitales, escuelas, mercados, cementerios, instalaciones deportivas, toda vez que el Estado requiera de dichos espacios para la realización de algún proyecto.

 Sin embargo, también podrán expropiarse predios para la realización de obras hidráulicas, protección del medio ambiente, control de aguas contaminadas, y reubicación de damnificados en casos de desastres naturales. 

Por otro lado, el avalúo del Catastro continuará siendo la base para que se establezca la cantidad que el Estado pagará a modo de indemnización por las propiedades que sean expropiadas; las cuales podrán ser solicitadas por dependencias, Ayuntamientos Municipales, organizaciones sociales o particulares.

La lista de causas pasó de 11 a 25, generando controversia y temor entre los quintanarroenses.

Entre las razones más polémicas para justificar la expropiación están:

 1. Proyectos de inversión privada disfrazados de “beneficio colectivo”, como centros comerciales o desarrollos turísticos.

2. Reubicación de damnificados, lo que podría forzar a dueños de terrenos a ceder sus propiedades si el Estado decide que son “más útiles” para alojar a afectados por desastres naturales.

3. Construcción de infraestructura deportiva o recreativa, lo que abre la puerta a que tu terreno termine siendo usado para un estadio o parque sin previo aviso.

4. Proyectos de transporte y comunicación, lo que podría incluir desde carreteras hasta aeropuertos en terrenos ejidales o particulares.

¿Qué pasa con la indemnización?

El gobierno promete pagar a los propietarios según el valor catastral de sus terrenos, un monto que, en muchos casos, es inferior al valor comercial. 

Además, la ley permite que ayuntamientos, particulares e incluso organizaciones sociales puedan solicitar la expropiación de propiedades.

Con información de Quintanarroense Urbano y Por Esto!

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